¿Quién puede ser un patrocinador sustituto si el peticionario muere?
Para que una persona sea elegible para ser un patrocinador sustituto, debe estar relacionada con el inmigrante que pretende venir a través de una de las siguientes formas: cónyuge, padre, suegra, suegro, hermano, hijo (si tiene al menos 18 años de edad), hijo, hija, yerno, nuera, cuñado, cuñada,
¿Quién puede ser un peticionario sustituto para I 130?
Para ser un patrocinador sustituto, un individuo debe ser ciudadano de EE. UU., nacional o residente permanente legal; tener al menos 18 años de edad; y debe ser su cónyuge, padre, suegra, suegro, hermano, hijo, hija, yerno, nuera, cuñado, cuñada, abuelo, nieto, o legal
¿Puedo patrocinar a alguien que no está relacionado conmigo?
No tienes que ser un pariente para ser el patrocinador financiero de alguien. Así que, un amigo puede convertirse en un patrocinador financiero. Sin embargo, la persona aún debe tener a alguien más que actúe como el patrocinador para su visa o solicitud de tarjeta verde. Ese patrocinador debe ser un empleado, pariente o prometido(a).
¿Quién puede ser un patrocinador sustituto para la inmigración de EE. UU.?
Un patrocinador sustituto es un patrocinador que está completando el Formulario I-864 en nombre de un inmigrante que pretende venir cuyo peticionario original del Formulario I-130 ha muerto después de que el Formulario I-130 fue aprobado, pero antes de que el inmigrante obtuviera la residencia permanente legal.
¿Quién es el patrocinador sustituto para I-864?
El patrocinador sustituto debe ser el cónyuge, padre, suegra, suegro, hermano, hijo (de al menos 18 años de edad), hijo, hija, yerno, nuera, cuñado, cuñada, abuelo, o nieto del solicitante patrocinado, o el tutor legal del solicitante patrocinado.
¿Puedo cambiar mi patrocinio de un inmigrante?
Es importante tener en cuenta que es imposible revocar el patrocinio una vez que se emite la visa. De hecho, no es aconsejable violar los términos de un acuerdo de patrocinio una vez que está en vigor. El patrocinio de visa es un documento legalmente vinculante donde el patrocinador acepta apoyar al inmigrante.
¿Quién puede ser un patrocinador sustituto para USCIS?
Para calificar como patrocinador sustituto, la persona debe tener al menos 18 años de edad, ser ciudadano de EE. UU. o residente permanente legal, y estar relacionada con el inmigrante como cónyuge, padre, suegra, suegro, hermano, hijo, hija, yerno, nuera, cuñado, cuñada, abuelo,
¿Qué es el formulario de patrocinador sustituto?
Seleccione esta casilla si usted es el patrocinador sustituto. Un patrocinador sustituto es un patrocinador que está completando el Formulario I-864 en nombre de un inmigrante que pretende venir cuyo peticionario original del Formulario I-130 ha muerto después de que el Formulario I-130 fue aprobado, pero antes de que el inmigrante obtuviera la residencia permanente legal.